jueves, 1 de febrero de 2024

Estampas otoñales 2023

-11 Fotografías


Estampas otoñales 2023

Publico ahora algunas fotos que tomé el pasado otoño en Villaconancio.

El campo coge un aspecto que mezcla ocre y gris, llegan por fin las lluvias y las setas surgen por doquier.

La seta de cardo es la más conocida por estos lares pero hay muchas otras.


En mis paseos por el monte encontré esta curiosa estructura:





Es una sustancia pastosa que crece pegada a algunas plantas. El nombre científico es Mucilago crustacea y algunos científicos lo clasifican como un hongo y otros dentro de los protistas.

Las hormigas han construido una enorme muralla alrededor de la boca del hormiguero. Supongo que alguien sabrá interpretar esto. Hay quien dice que lo hacen cuando se acercan las lluvias.


Efectivamente, ha estado lloviendo durante días y días. Algunos caminos se vuelven intransitables, sobre todo los gredosos.




Por otro lado, los jerbos toman un espectacular tono rojizo.











Vista del arroyo Maderón



También las hojas de los chopos cogen un color muy bonito en estas fechas.







La niebla invade el valle.



Los atardeceres son espectaculares y las nubes se encienden como si fueran de fuego:




Vista panorámica del monte




 

miércoles, 30 de agosto de 2023

Noticias de agosto de 2.023: la Fiesta y la Embajada China

-9- Villaconancio en los libros y en la Historia, y personajes ilustres     -12- Noticias/ Curiosidades

Noticias de agosto de 2.023: la Fiesta y la Embajada China

Villaconancio ha aparecido en la prensa este mes.

LA FIESTA

Aquí podéis ver las fotos publicadas en El Norte de Castilla:


Estos otros vídeos son míos, del grupo de danzas "Aires palentinos":


LA EMBAJADA CHINA

Por otro lado, ha aparecido un artículo de la serie "Cerrato insólito" en el Diario Palentino, de Fernando Pastor:


Embajada china en Villaconancio

Fernando Pastor
 - 

El Madrileño era amigo de miembros de la embajada china en Madrid y los invitó a pasar una temporada en La obra, en el verano de 1901. Los niños chinos disfrutaron recorriendo el pueblo en burro, mientras los mayores realizaban labores de la embajada


Muchas personas del Cerrato se vieron obligadas a emigrar en busca de trabajo. Aunque el País Vasco fue el destino preferente, Madrid también fue punto de destino en muchas ocasiones, a lo largo del siglo XX. 

Fue el caso de una muchacha de Villaconancio, que marchó a Madrid a servir en casa de un hombre inmensamente rico, propietario de numerosos inmuebles. Alfonso Marot Cantero, conocido como El Madrileño.

La moza de Villaconancio y el potentado se enamoraron y se casaron, por lo que Villaconancio comenzó a ser destino de frecuentes visitas de la pareja, en un coche de caballos que tenía.

Adquirieron una parcela de aproximadamente una hectárea, la cercaron y comenzaron a construir, con tierra del páramo de Torquemada y grandes bloques de piedra de sillería labrada trasportadas por bueyes. Ese tipo de piedras hizo que su estilo fuera muy diferente al resto del pueblo

Siempre se conoció como La obra, quizás porque nunca se terminó de instalar todo y reinaba la provisionalidad. Pese a ello contó con taller de alfarería, carpintería, cristalería, farmacia, salón de pintura, capilla, mosaicos de la época, palomar, apriscos con ovejas… y muchas habitaciones. 

En Villaconancio ha tocado dos veces la lotería, lo que provocó que se dijera que era el pueblo con la renta per cápita más alta de España. Una de esas veces la lotería la llevó El Madrileño y le tocó a casi todo el pueblo. A un vecino, Sergio, no le tocó por no molestarse en ir a por ella pese a la insistencia de su mujer.

También dejó muchas cosas para el pueblo. Candelabros para la Iglesia, entre otras. La mayoría de esas cosas no se conservan, en el pueblo se cuenta que las destrozaron familiares de la chica, sus sobrinos concretamente. 

El Madrileño era amigo de miembros de la embajada china en Madrid y los invitó a pasar una temporada en La obra, en el verano de 1901.

Los niños chinos disfrutaron recorriendo el pueblo montados en burros, mientras los mayores realizaban las labores propias de la embajada.

De esta forma Villaconancio se convirtió por una temporada en escenario de la embajada china. Desde entonces se habla de la Embajada china en Villaconancio.

GREDA. En Villaconancio existe mucha greda, lo que ha dado lugar a una anécdota y a un juego.

El cementerio está en un alto y alejado del pueblo. A él se llegaba por un camino de greda, sin asfaltar. Cuando llovía se formaba un barrizal, lo que provocaba que el coche fúnebre patinara y en vez de avanzar cayera hacia atrás. Por ello era habitual que los asistentes al entierro se tuvieran que poner detrás para empujarle y que pudiera avanzar en vez de caer para atrás.

El juego se denominaba El juego de la señora, y era un divertimento para los niños antiguamente.  

Durante la cuaresma, un día del mes de marzo no tenían colegio para poder ir al campo a buscar greda. Con navajas y cuchillos hacían una figura con forma de mujer y recorrían el pueblo con ella portada en algún carro, para que la viesen todos los vecinos, aprovechando para llamar y pedir en todas las casas viandas que les permitieran hacer después una buena merienda.

Tras el periplo por todas las calles del pueblo se dirigían a la plaza Mayor y rompían el muñeco de la señora, dándole con palos o con lo que tuvieran a mano. Y es que Villaconancio siempre fue muy dado a las fiestas. Dispuso de dos salones de baile.

Por cierto, el nombre de la localidad viene de que fue villa de un obispo llamado Conancio.



miércoles, 2 de agosto de 2023

Documental: Los chozos o cabañas de pastor de los Valles del Cerrato

 

-5- Arquitectura popular      -5.4- Chozos y construcciones pastoriles

Documental: Los chozos o cabañas de pastor de los Valles del Cerrato


Aquí dejo un pequeño documental que grabé sobre los chozos del Cerrato.

El proceso de construcción de un chozo es el siguiente:

-Primero se clava un palo en el suelo con una cuerda atada y se traza un círculo. Así se marca la base de la cabaña. Con dos nudos se delimitaba el grosor de las paredes.

-Entre las dos hojas se introducía un relleno de piedras más pequeñas. Las piedras de las hojas suelen ser de tamaño medio y, a a ser posible, planas al menos por una de sus caras.

-Se encajaban como buenamente se podía , empleando a veces otras piedras más pequeñas como cuñas. Esto es lo que distingue a los chozos cerrateños de otras cabañas: no se utilizaba argamasa para unir las piedras. No obstante, a veces las piedras del relleno se mezclaban con tierra, o se cubría el interior de la cabaña con barro para evitar las corrientes de aire y dar solidez a los muros.

-A un metro del suelo, la pared comienza a estrecharse y las hiladas se van aproximando. Se colocan las piedras del exterior con una ligera inclinación para evitar la entrada de agua.
-Los chozos no tienen ventanas, y el suelo no tiene ninguna preparación: simplemente se arrancaba la maleza o se apisonaba la tierra. Luego, se podía colocar paja encima para estar más cómodo.

-Arriba, el humero se cerraba con 1 ó 2 grandes lajas de piedra. Así se cerraba la bóveda. Algunos chozos se dejaban con la bóveda sin cerrar, para que saliera el humo.

-La entrada al chozo es muy baja, y normalmente orientada al sur o al sudeste.
El dintel es una sola piedra muy grande (las jambas también son bastante grandes y con las caras planas), y la puerta se cerraba con ramas.

Las medidas de los chozos son variables, pero en general la altura oscila entre 2 y 5 metros, siendo los 3 metros un tamaño medio, y el diámetro varía entre 2 y 4 metros.

Los corrales normalmente se levantaban en zonas de páramo y de monte, lejos de los pueblos y de los valles. Algunos eran utilizados por los pastores trashumantes que pasaban por la Cañada Real y por eso abundan junto a esta vía pecuaria.

Se construían con las piedras calizas que se amontonaban en los majanos próximos a los campos de cultivo. Al estar hechos con materiales del lugar, quedan perfectamente integrados en el paisaje.

En los corrales se guardaba el ganado y los pastores se resguardaban en el chozo, donde cocinaban y a veces pasaban la noche.

Las cabañas se levantaban o bien fuera de los corrales, o bien empotradas en sus muros y con la puerta muchas veces mirando hacia fuera (para que los pastores y el ganado no se molestasen).

Los corrales llevan el apodo de su dueño o el nombre del lugar donde están. Existen otros refugios pastoriles como las tenadas o las cuevas o abrigos naturales.

En algunos pueblos se han molestado en restaurar los chozos, pero en la mayoría están abandonados a su suerte. No deberíamos dejar que acabaran siendo simples montones de piedras, habría que intentar conservar los que se pueda y sin duda los más originales e interesantes.

Quizá la ganadería extensiva esté en declive pero los chozos podrían utilizarse como refugio por cazadores o caminantes.

Investigad sobre la arquitectura popular de vuestra comarca. Si eres del Cerrato, seguro que en tu pueblo hay algún chozo interesante: puedes ponerlo en los comentarios.


Las imágenes se grabaron en 2.022 (excepto la foto del final, que es más antigua).
Mapa de los chozos singulares del Cerrato:

https://www.google.com/maps/d/u/1/edit?mid=13Zp7Uvi1zrGoqZ7CA3RfpQcw1R5cSWA&usp=sharing

Un chozo muy original que se puede ver más al sur, en Quintanilla de Onésimo es este:



Este último vídeo no es mío pero lo pongo porque me parece interesante. Es un chozo cubierto de tierra, como un túmulo, y abierto por la parte superior.

Bibliografía:

“Cabañas y corrales de pastor en el Cerrato y en el entorno de la Cañada Real Burgalesa”, de Atilano Martínez Tomé y Santiago Valiente Cánovas, Castilla ediciones, Valladolid 2001.

"Baltanás, corral del Aire. Ruta de las cabañas pastoriles", de José María de la Fuente García, Emilio Rodríguez González y Luis Antonio Curiel Calleja, Camino Llano, Valladolid 2014.
"Chozos y casetas en el centro de Castilla y León. Del barro a la piedra en la arquitectura rural de Tierra de Campos y Montes Torozos", de Óscar Abril Revuelta, Universidad Politécnica de Madrid 2017.
"Construcciones de falsa cúpula de planta rectangular, parideras, cuadras y casetas", de Arturo Martín Criado. Revista de Folklore, nº 474 (pág. 9 y ss), Fundación Joaquín Díaz. https://funjdiaz.net/folklore/pdf/rf4...

"Guía de vías pecuarias de Palencia", Diputación de Palencia: (en la pág. 83 y ss. habla de la Cañada Real Burgalesa)


jueves, 4 de mayo de 2023

Censos electorales de 1.892 y 1.902

  -9- Villaconancio en los libros y en la Historia, y personajes ilustres

Censos electorales de 1.892 y 1.902


Continuamos retrocediendo en el tiempo y dejo aquí los censos electorales de los años 1.892 y 1.902. 


Censo de 1.892:

https://www.diputaciondepalencia.es/system/files/2022-07/1892_VILLACONANCIO.pdf


Censo de 1.902:

https://www.diputaciondepalencia.es/system/files/2022-07/1902_VILLACONANCIO.pdf


Se indica en cada uno de ellos el domicilio, la profesión, si es elegible y si sabe leer y escribir.

 




miércoles, 12 de abril de 2023

Censo electoral de 1.955: Municipio de Villaconancio

 -9- Villaconancio en los libros y en la Historia, y personajes ilustres

Censo electoral de 1.955: 

Municipio de Villaconancio

En la web de la Diputación de Palencia se puede consultar el documento del censo electoral de Villaconancio en 1.955. En él figuran los residentes mayores de edad (21 años en aquella época), en total 272 personas. 

Se indican los siguientes datos de cada votante: el que es cabeza de familia, sexo, edad, estado civil, domicilio, profesión e instrucción (si ha estudiado o no).

Es un documento muy interesante para conocer quiénes vivían en el pueblo en los años 50. Son muchos habitantes, a los que habría que sumar los menores de edad.

Muchos villaconancieros reconocerán a sus antepasados y vecinos en este censo.

Enlace:

https://www.diputaciondepalencia.es/system/files/2022-07/1955_VILLACONANCIO.pdf




jueves, 9 de febrero de 2023

Más información sobre los proyectos eólicos en El Cerrato

  -12- Noticias/ Curiosidades

Más información sobre los proyectos eólicos en El Cerrato

Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque Eólico Ampliación Tórtoles 50 MW" en Tórtoles de Esgueva (Burgos) y Castrillo de Don Juan, Cevico Navero, Villaconancio y Baltanás (Palencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 2023, páginas 13280 a 13290 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-2442

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 28 de abril de 2022, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque Eólico Ampliación Tórtoles 50 MW» en los términos municipales de Tórtoles de Esgueva, en la provincia de Burgos, y Castrillo de Don Juan, Cevico Navero, Villaconancio y Baltanás, en la provincia de Palencia, promovido por Global Ottawa, SLU, al amparo del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Consultados los antecedentes obrantes en esta unidad, se constata que aún no ha tenido entrada en esta Dirección General, el expediente para tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del citado proyecto, al amparo de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en el seno del procedimiento de autorización sustantiva, por lo que, con fecha 13 de junio de 2022 y 22 de julio de 2022, se requiere su remisión a la Dirección General de Política Energética y Minas.

La documentación es aportada el 4 de agosto de 2022, tras lo que se verifica que el proyecto reúne los requisitos para acogerse al procedimiento previsto en la Disposición Transitoria tercera del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, por los que se procede a suspender el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, en tanto se resuelve el presente procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto.

El parque eólico de «Ampliación Tórtoles» comprende la implantación de un total de 9 aerogeneradores de 5,5-5,6 MW de potencia unitaria, con una potencia total de 50 MW. El acceso se realizará a través de la carretera C-619. El parque evacuará la energía a través de una línea mixta aéreo-subterránea de evacuación 132 kV de doble circuito de 21,60 km, de los cuales 14,55 km se plantean como tramo subterráneo y 7,05 km, como tramo aéreo. El tramo subterráneo parte de la SET Tórtoles, compartida con el parque eólico Tórtoles, y finaliza en el apoyo n.º 50. El tramo aéreo parte del apoyo n.º 50 y se sustenta con 32 apoyos para finalizar en el pórtico de la subestación de seccionamiento SES Páramo Sardón de 32 kV, que no forma parte de este proyecto y, por ende, de este análisis.

Con fecha 15 de noviembre de 2022, el promotor presenta una adenda, tras la declaración de impacto ambiental desfavorable de la Junta de Castilla y León respecto del Parque eólico San Vicente de 46,5 MW, con el que compartía vías de evacuación, en la que se reconfigura el proyecto de modo que se extiende el tramo de línea aérea de alta tensión de evacuación 132 kV, a partir del apoyo 81 hasta el Apoyo AP2 de la LAT 132 kV, sin que siga formando parte de esta tramitación la SET «Páramo Sardón» – SET «Cerrato Promotores», y se elimina la conexión con la subestación de seccionamiento SES Páramo Sardón de 32 kV.

Los principales elementos del análisis ambiental para determinar las afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el artículo 6.3.b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario.

La construcción del parque eólico y su línea de evacuación no afectará a ningún Espacio Natural Protegido de la Red de Espacios Naturales de Castilla y León según expresa el resumen ejecutivo, al no coincidir territorialmente.

La localización de la planta fotovoltaica se encuentra a 92 m de distancia de la Zona Especial de Conservación ZEC (ES4140053) «Montes del Cerrato», mientras que el soterramiento de la línea de evacuación queda a 878 m. El proyecto no afecta de manera directa a ningún espacio catalogado, si bien se producirá una afección indirecta, por la cercanía de las infraestructuras.

Se han identificado cinco Hábitats de Interés Comunitario (HIC) en el entorno, el HIC 9340 (Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia) asociado a la unidad de vegetación de bosque, el HIC 4090 (Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga) asociado a matorral siendo el de mayor representatividad, el HIC 6220* prioritario (Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodiete) y el HIC 6420 (Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion) asociados a pastizal y HIC1520* prioritario (Vegetación gipsícola ibérica Gypsophiletalia) de tipo yesífero. La superficie total de HIC afectados será de 0,42 ha incluyendo todos los elementos constructivos (borde de viales, zanjas, zonas libres de obstáculos) correspondiente al HIC 4090.

El parque eólico de «Ampliación Tórtoles» no afecta a ningún monte catalogado como Monte de Utilidad Pública, si bien 954,81 m del trazado soterrado de la línea de evacuación discurren por el monte «438 Abajo», perteneciente al Ayuntamiento de Cevico Navero, si bien lo hace a través de un camino existente, no afectando a la vegetación natural del monte.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas.

La construcción del parque eólico podría afectar de manera directa a espacios naturales de interés, según el estudio de impacto ambiental. El principal impacto potencial sería la alteración del hábitat de estos espacios, sobre las especies presentes, de manera directa sobre la flora, e indirecta sobre la fauna.

De acuerdo con la información del programa Anthos (Sistema de Información Sobre las Plantas de España), se obtiene un listado de especies de flora presentes en el ámbito de estudio de 1 km entorno a las infraestructuras proyectadas a partir de una búsqueda bibliográfica.

La vegetación afecta principalmente a tierras de labor de secano con un total de 33,48 ha frente a 0,29 ha de bosques. Se ha llevado a cabo la fotointerpretación de la ortofoto y el mapa forestal, junto con una revisión en campo, obteniéndose un mapa con zonas de vegetación homogéneas.

Tras la búsqueda de taxones amenazados, se localiza una especie protegida en el ámbito de estudio recogida en el Decreto 63/2007, de 14 de junio, por el que se crean el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección, denominada Microrreserva de Flora, Moricandia moricandioides (collejón), catalogada como de atención preferente, sin estar amenazada, que requiere medidas para evitar su regresión.

Los trabajos de campo del estudio de fauna se iniciaron en febrero de 2017 y finalizaron en febrero de 2018, si bien al no ajustarse a la metodología propuesta por el Servicio Territorial de Burgos de la Junta de Castilla y León, ha sido necesaria una nueva campaña de noviembre de 2018 a octubre de 2019.

En el emplazamiento de los aerogeneradores, se han localizado 179 especies, de las cuales un 42,59% se corresponden con especies residentes. El 6% de las aves observadas se encuentran en alguna categoría de protección. La mayor riqueza de especies se observa en los meses de mayo a agosto, coincidiendo con la época de reproducción e inicio del paso postnupcial. En relación a los puntos de observación, el 67% de las aves observadas lo hacían por debajo de la altura de los rotores, un 22% a la misma altura y un 11% por encima de los mismos. De aves incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, se desplazaban a la altura de batido de las palas considerada como la zona de vuelo en riesgo, los tres ejemplares de buitre negro (Aegypius monachus), dos águilas imperiales (Aquila adalberti) que supone un 66,7% de las observadas, cuatro aguiluchos cenizos que se corresponde con un 5,6% de sus avistamientos, 72 milanos reales (Milvus milvus) que serían el 36,5% y 56 avutardas (Otis tarda) con un 7,57%. En cuento al riesgo de colisión, el 13,6% de las aves observadas que realizaban desplazamientos por el área de estudio lo han hecho con riesgo, de las que el 4,1% su desplazamiento suponía un riesgo alto de colisión. En el resto de las observaciones, las aves realizaban desplazamientos lo suficientemente alejados de los aerogeneradores como para considerar que en principio no sufren ningún riesgo de colisión. El milano real (Milvus milvus), en peligro de extinción, se han observado un 12,4% de los ejemplares en riesgo alto de colisión (28 aves) y en riesgo moderado en el 14,7% (33 aves).

En cuanto a la línea de evacuación aéreo-subterránea, se avistan un total de 128 especies, de las cuales un 44,6% son especies residentes. El 18% serían aves esteparias. La mayor riqueza de especies se observa en los meses abril a junio. En relación a los puntos de observación en el entorno de la línea de evacuación, el 54,8% de las aves observadas lo hacían por debajo de la altura de los rotores, un 30,1% a la misma altura y un 15,1% sobre los mismos. De aves incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, se desplazaban a la altura de batido de las palas considerada como la zona de vuelo en riesgo, un ejemplar de buitre negro (Aegypius monachus) que sería el 50% de los observados, cuatro aguiluchos cenizos que se corresponde con un 5,6% de sus avistamientos, 73 milanos reales (Milvus milvus) que serían el 61,3% y 23 avutardas (Otis tarda) que suponen un 7,57% de los registros. Alrededor del 36,7% de las aves observadas que realizaban desplazamientos por el área de estudio lo han hecho con riesgo, de las que algo más del 16,7% su desplazamiento suponía un riesgo alto de colisión. El milano real (Milvus milvus) se han observado un 24,1% de los ejemplares en riesgo alto de colisión (siete aves) y en riesgo moderado en el 31% (nueve aves).

Se encuentran desarrollada por la Junta de Castilla y León una cartografía que incluye las zonas de sensibilidad ambiental para aves esteparias y planeadoras según la que la planta solar se localiza en una zona con sensibilidad media para esteparias y para planeadoras.

Respecto a los quirópteros, en la zona de aerogeneradores, se han identificado a través de las emisiones de ultrasonido a seis de las nueve especies confirmadas en la revisión bibliográfica. La especie más abundante durante los transectos a nivel de suelos ha sido el murciélago enano (Pipistrellus pipistrellus) con algo más del 89% de los contactos, cifra muy similar a la hallada en los realizados en altura que fueron 82%. Respecto a la línea de evacuación, se ha identificados un total de cuatro especies, de las cuales el 92% de los contactos identificados se corresponden con el murciélago enano.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.

El impacto del proyecto sobre el agua se deriva de las alteraciones de los recursos hídricos superficiales, debido a la contaminación accidental por acumulación de escombros o residuos líquidos o sólidos, con motivo de las obras en las proximidades de los cauces de la zona.

En la zona de los aerogeneradores, destaca el Arroyo de Cerrato, al norte, y en relación a la línea de evacuación, el Arroyo del Maderón, el Arroyo del Maderano y el Arroyo del Rabanillo, que desembocan en el Pisuerga.

Según la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD), en el ámbito de la zona de los aerogeneradores, no existe ninguna zona de captación para abastecimiento. No obstante, parte de los aerogeneradores se ubican en la zona de influencia de la zona de captación de agua para abastecimiento de la masa Arroyo de Cevico, lo que exige medidas de prevención. También, puede verse afectada por la construcción de la línea de evacuación, la zona de influencia de la zona de captación de agua para abastecimiento de la masa Río Pisuerga 10.

El proyecto no se encuentra dentro los tipos de proyectos capaces de causar cambios sustanciales sobre las masas de agua superficial y sus objetivos ambientales.

Las zanjas del parque eólico presentan afección a zona de policía y servidumbre, así como la línea eléctrica en la zona de su cruzamiento con el Arroyo del Maderón.

De acuerdo con el Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (INUNCYL), la clasificación del riesgo potencial poblacional es bajo.

La CHD informa que el proyecto no debe causar impactos negativos irreversibles sobre el dominio público hidráulico, que puedan suponer modificación de características físicas de las masas de agua o puedan suponer un deterioro adicional del estado de las mismas, siempre que se apliquen las medidas protectoras y correctoras del estudio de impacto ambiental. Asimismo, expone que se deberán considerar posibles afecciones al dominio público hidráulico, zona de policía y servidumbres, también de las instalaciones auxiliares, evitar los riesgos sobre las zonas de influencia de las captaciones de agua superficial para abastecimiento por las obras auxiliares o principales de la construcción y suministro de los aerogeneradores y de la LAAT, posibles afecciones a la calidad de aguas superficiales y/o subterráneas y posibles afecciones a Zonas protegidas de la Directiva Marco del Agua.

4. Afección por generación de residuos.

Los residuos se derivan fundamentalmente de la obra civil, ya que se producirán pequeñas cantidades de residuos peligrosos y cantidades relativamente grandes de residuos de carácter no peligroso, así como residuos sólidos asimilables a urbanos. Cada residuo será almacenado en la obra según su naturaleza, y se depositarán en una zona de acopios. Se dispondrá de un sistema de contenedores y bidones estancos habilitados para la deposición de cualquier tipo de residuo generado duran las distintas fases del proyecto. Se realizarán recogidas periódicas por un gestor autorizado.

Se colocarán baños químicos para el uso por parte de los trabajadores implicados. La recogida y gestión de los residuos generados correrán a cargo de un gestor apropiado.

5. Afección por utilización de recursos naturales.

La zona de estudio de gran vocación agrícola está cubierta principalmente de cultivos de cereal en secano y girasol, con algunas parcelas de regadío para leguminosas, de remolacha y maíz. El polígono tiene una superficie aproximada de 543 ha, a una altura promedio de 930 m.s.n.m. El impacto sobre la cobertura vegetal se produce como consecuencia de la eliminación de la vegetación necesaria para la instalación de elementos constructivos. La instalación del parque afectaría a 33,48 ha de tierras de labor de secano frente a 0,29 ha de superficie de bosques de frondosas.

La instalación de generadores supone la pérdida y erosión del terreno debido a las pistas y plataformas necesarias para su traslado y ubicación. El total de los movimientos de tierra se estiman en 103.984,76 m3, que se componen de 38.574,17 m3 para desmonte, 38.019,02 m3 para el terraplén, y 27.391,57 m3 de tierra vegetal para operaciones de cimentación de aerogeneradores, viales y superficies de giro y medios auxiliares. Finalizadas las obras, se deberá proceder a la recuperación ambiental de los terrenos, restituyendo las parcelas afectadas a su estado inicial.

La tierra sobrante de las labores de excavación y adecuación del terreno que no sea utilizada para la restauración de taludes, relleno de zapatas y nivelación de suelo, será retirada a un Centro de Gestión de Residuos autorizados.

La Confederación Hidrográfica del Duero informa que, si fuera necesaria la captación de aguas superficiales y/o subterráneas, previamente, será preciso obtener autorización o concesión administrativa, según la normativa en vigor.

6. Afección al patrimonio cultural.

Se ha realizado una prospección arqueológica superficial en el área de influencia del proyecto de Parque Eólico «Ampliación Tórtoles» y su línea de evacuación en los términos municipales de Tórtoles de Esgueva, provincia de Burgos y en Baltanás, Castrillo de Don Juan, Cevico Navero y Villaconancio, en la provincia de Palencia, con n.º de expediente: CPCCYL 70/2020, en noviembre de 2020.

Según fuente bibliográfica de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León de septiembre de 2020, no existen Bienes de Interés Cultural (BICs) en el área de emplazamiento del proyecto. Considerado el patrimonio arqueológico inventariado, no existen yacimientos arqueológicos en las inmediaciones del proyecto de infraestructura. Con respecto al patrimonio arqueológico no inventariado, durante las labores de prospección arqueológica superficial no se han detectado evidencias de interés arqueológico.

En cuanto al patrimonio etnográfico, se han apreciado elementos vinculados a esta categoría próximos al área de actuación. Se trata de la Cañada Real Merinera, atravesada por el vial de acceso.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León informa favorablemente el proyecto, teniendo en cuenta el control arqueológico de los movimientos de tierras, el balizado y señalizado de la Cañada Real Merinera para limitar al máximo el impacto de los movimientos de la maquinaria pesada.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León señala la presencia de vías pecuarias como son el Cordel del Camino de Antigüedad, la Cañada Alegadero y el Abrevadero Juan Cañamera. El trazado propuesto de la línea de evacuación debe evitar discurrir por vías pecuarias y, en caso de cruzamiento, evitar al máximo su afección.

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio.

El resumen ejecutivo señala como efecto positivo la creación de empleo y el fomento de la economía local que se encontraría presente en las tres fases del proyecto (obra, funcionamiento y desmantelamiento), por el empleo directo generado (personal de obra civil, operaciones, servicios y mantenimiento) y la posible contratación de otras actividades económicas en la zona, asociadas o relacionadas con la planta (mediciones de ruido, vigilancias ambientales, etc.).

El núcleo de población más próximo está a 4,5 km a sureste del aerogenerador más cercano, Tórtoles de Esgueva. El apoyo n.º 5.º, donde se realiza el cambio de trazado de la línea de evacuación de subterráneo a aéreo, se localiza a 700 m aproximadamente del núcleo de población más cercano, Cevico Navero, en la provincia de Palencia.

El Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León menciona la necesidad de adecuación al entorno agropecuario del proyecto, por lo que si afectan infraestructuras agrarias, especialmente los caminos de accesos, arroyos, redes de infraestructuras de regadíos en los términos municipales afectados, será necesario implementar medidas correctoras asegurando la continuidad de los mimos. No se ve afectado por el Proyecto de Utilidad Pública de Concentración Parcelaria en Torresandino, si bien en caso de afección futura, deberá solicitarse permiso.

Según informa el Servicio Territorial de Fomento de Burgos de la Junta de Castilla y León, deberá ser presentado un proyecto de acceso desde la carretera CL-619. Del mismo modo, la Diputación Provincial de Palencia advierte que los apoyos del tramo aéreo de la línea de evacuación deben situarse detrás de la línea de edificación, cumpliendo con el Reglamente de líneas eléctricas aéreas de alta tensión.

Según las «Zonas de Alto Riesgo de Incendios Forestales» (ZARI) publicada en el geoportal IDECYL, el tramo medio de la línea eléctrica aero-subterránea se encuentra en una zona de alto riesgo. Según el informe emitido por la Agencia de Protección Civil de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, con respecto al Plan de Protección Civil ante emergencias por incendios forestales en Castilla y León (INFOCAL), los términos municipales afectados por el proyecto tienen un índice de riesgo muy bajo-bajo y un índice de peligrosidad bajo.

La Oficina Española de Cambio Climático corrobora que los impactos asociados al cambio climático son compatibles, reduciéndose la dependencia de energías fósiles de forma significativa, con una caída en las emisiones.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.

En la zona, se encuentran en funcionamiento varias instalaciones. En un radio de 25 km, se localizan ocho parques eólicos en funcionamiento, con un total de 106 aerogeneradores y una potencia total de 240 MW. Respecto a los parques eólicos existen 13 proyectos, en tramitación, con un total 214 aerogeneradores, teniendo en cuenta los aerogeneradores del proyecto de parque eólico Ampliación Tórtoles.

La declaración de impacto ambiental del Parque eólico Tórtoles incluyó como condición el descarte de algunos aerogeneradores, coincidiendo con alguno de los incluidos en el actual proyecto de Ampliación Tórtoles.

Por otra parte, se encuentran tres parques eólicos en tramitación, Parques eólicos Alanza I y II e Ibercerrato II en la provincia de Burgos, con total de 168 aerogeneradores y una potencia total de 1.108 MW.

Según el análisis del paisaje, el tramo aéreo de la línea eléctrica, es visible desde un total del 76,85% de la superficie estudiada en un radio de 3 km. El total de aerogeneradores será visto por un 61,54% de la superficie estudiada en un radio de 15 km. En general, la visibilidad del proyecto es media, dado que no es visible desde la mayoría de los núcleos de población. Las zonas con visibilidad muy alta se encuentran a una distancia alta considerable, siendo el municipio más cercano Hérmedes de Cerrato (Palencia) a 9,7 km. El resto de los núcleos de población desde los que el parque eólico es más visible se encuentran a distancias superiores a los 10 km.

La construcción del parque eólico Ampliación de Tórtoles puede llevar aparejada la pérdida de áreas de reproducción, campeo y alimentación de especies catalogadas como «En Peligro de Extinción» y «Vulnerable», una fragmentación y perdida de conectividad de los hábitats naturales, la afección de la IBA 044 «Páramos del Cerrato» así como una merma de los valores naturales por los que se declaró la ZEC (ES4140053) «Montes de Cerrato».

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida a la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León, el 22 de diciembre de 2022, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.

El informe de respuesta de 28 de diciembre de 2022 ha sido remitido a través de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León. Este organismo informa que mediante este procedimiento no es posible asegurar la ausencia de afecciones al medio natural derivadas del proyecto «Parque Eólico Ampliación Tórtoles 50 MW», ya sea de forma directa o indirecta, aconsejando su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León informa con fecha 19 de diciembre de 2022, que, aunque el presente proyecto en combinación el PE Tórtoles tendría una repercusión negativa para la conservación de aves esteparias presente en la zona con especial atención a la afección que a las avutardas, la viabilidad ambiental del proyecto se condiciona al cumplimiento las condiciones y medidas compensatorias contenidas en su informe.

A continuación, se enumeran las condiciones y medidas compensatorias que deberán incorporarse al proyecto:

1. Se realizará el soterramiento integro de la línea eléctrica aérea de alta tensión de evacuación de este parque eólico hasta el Apoyo AP2 de la LAT 132 kV, formando parte la SET «Páramo Sardón»-SET «Cerrato Promotores».

2. Dado que se localizan especies de vuelo bajo, como la avutarda u otras especies esteparias, se deberá cromar la parte inferior de la torre del aerogenerador o adoptar otra medida equivalente que minimice la posible colisión de estas especies con la misma.

3. En el replanteo de la obra, se debe respetar la anchura legal de las vías pecuarias afectadas, independientemente de la anchura que se conserve en la actualidad, por lo que las zanjas de soterramiento deben ubicarse fuera de ellas.

Los cruces de las líneas eléctricas soterradas con las vías pecuarias afectadas deben ejecutarse lo más perpendicular a la misma que sea posible con objeto de minorar la superficie afectada. Asimismo, en las labores de soterramiento no se podrá circular con maquinaria fuera de los caminos que discurran por su interior y no se podrán utilizar los terrenos incluidos en las vías pecuarias como zona de acopio de materiales.

4. Se tomarán medidas para minorar la afección al HIC 1520*, así como a las posibles especies de flora protegida que alberga y minorar los impactos paisajísticos, en las labores de soterramiento del tramo de 200 m que discurre por el camino que cruza la ladera que baja desde el páramo a Cevico Navero. Para ello, se propone el soterramiento por la propia traza del camino o el jalonamiento de la anchura mínima imprescindible de la ladera afectada por las obras, así como el acopio temporal del material excavado en la misma traza del camino o en terrenos previamente excavados, o medidas similares. Estas medidas deber tender a evitar la afección a la ladera o reducir la anchura de ocupación prevista de los 15 m a lo mínimo imprescindible. Una vez finalizadas las obras el camino deberá ser restaurado y transitable.

5. La propuesta de soterramiento del tramo de la línea eléctrica aérea de alta tensión vinculada a este proyecto deberá evitar la afección a los hábitats de interés comunitario presentes, teniendo especial consideración por el HIC 1520*, así como los que se localizan en las vaguadas y arroyos de los principales cauces. Para ello se recomienda que el trazado soterrado propuesto discurra lo máximo posible aprovechando los márgenes de caminos y vías de comunicación existentes.

6. El trazado de soterramiento la línea eléctrica de evacuación en las inmediaciones del ejemplar de encina Matarredonda discurrirá por la propia traza del camino existente o por la margen contraria a la de su ubicación. Asimismo, no se circulará con maquinaria entre el camino existente y el ejemplar, y tampoco se emplearán dichos terrenos como zona de acopio de materiales o instalaciones auxiliares. Para evitar todas estas posibles afecciones se balizará la margen del camino convenientemente, empleando pacas de paja o similares si fuera necesario, recogiendo y dejando posteriormente la zona en perfectas condiciones.

7. Se requerirá una prospección para detectar la presencia de taxones de flora protegida de los taxones incluidos en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León (Moricandia moricandioides subsp. Moricandioides, Ephedra nebrodensis subsp. Nebrodensis,Hedysarum boveanum subsp. Palentinum). Se realizará en época favorable, de manera previa al inicio de las obras y tanto para el parque eólico como para la línea eléctrica de evacuación. Se realizará un mayor esfuerzo de prospección en terrenos de yesos. En el caso de detectar ejemplares, se procederá a señalizar el lugar y se dará aviso al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia donde se hayan detectado, que propondrá las medidas a llevar a cabo, como pequeñas modificaciones de trazado o translocación de ejemplares.

8. No se circulará con maquinaria ni vehículos fuera de los caminos existentes, ni se utilizarán los terrenos pertenecientes a Montes de Utilidad Pública o hábitats de interés comunitario como lugar para realizar acopios de materiales, parque de maquinaria o instalaciones auxiliares.

En relación con el Monte de Utilidad Pública 438 Abajo, coincidente con el trazado soterrado de la línea eléctrica de evacuación, se evitará la afección a la vegetación arbolada de estos terrenos.

9. Las zanjas de cableado, así como los viales y pistas de cualquier tipo no se podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Aquellos caminos principales que inevitablemente deban pavimentarse se realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el entorno y deberá justificarse la no existencia de otras alternativas para su autorización. Se prohíbe el uso de imprimaciones asfálticas salvo autorización expresa por parte del Servicio Territorial de Medio Ambiente.

10. Se debe realizar una integración paisajística de las edificaciones existentes en la SET Tórtoles 30/132 kV, mediante acabados exteriores de construcción con un tratamiento de color, textura y acabados acorde al entorno, teniendo especialmente en cuenta la cubierta y paredes exteriores de las edificaciones, sin perjuicio de lo que establezcan al respecto las normas urbanísticas que correspondan.

11. En la plantación perimetral para la integración de las SET y otras instalaciones, así como para la restauración posterior, se emplearán especies de flora autóctona propia de los hábitats próximos, recomendándose el uso de especies arbustivas que por talla y ecología pueden ser adecuadas para este fin.

12. Se deberán respetar los majanos de piedra, cercados, ruinas de corrales y otras edificaciones de realizadas en piedra, que pudieran existir y en ningún caso utilizarse como material para la mejora del firme de los caminos.

13. Se balizará con elementos anticolisión o salvapájaros los cables tensores de la torre de medición para evitar el riesgo de colisión.

14. Para rebajar sustancialmente la mortalidad sobre los quirópteros se retrasará el inicio del arranque de los aerogeneradores hasta los 5 m/s de velocidad de viento durante las primeras horas de la noche (desde una hora antes del ocaso hasta tres horas después del ocaso) en los meses de julio a octubre, ambos inclusive, al coincidir con las velocidades de viento, horas y fechas más activas para los quirópteros.

15. En relación con la iluminación de los aerogeneradores del parque eólico se realizará el balizamiento nocturno de los aerogeneradores mediante luz roja continua, proponiéndose el cambio a luz roja continua ya en horas crepusculares y no sólo durante la noche, dado que las luces blancas emiten mucha radiación ultravioleta, altamente atractiva para los insectos y consecuentemente para los quirópteros, para quienes las horas crepusculares son de elevada actividad. Dada la continuidad de algunos aerogeneradores con otros parques instalados, cabe estudiar corredores iluminados generados por el conjunto de parques, pudiéndose omitir la iluminación de alguno de los aerogeneradores que conforman una agrupación para procurar crear una señal luminosa mínima pero efectiva, que abarque en conjunto el mayor número de parques, prescindiendo de puntos de luz innecesarios técnicamente. Todo ello siempre y cuando así lo estime la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, que la realiza a través de la Guía de señalamiento e iluminación de turbinas y parques eólicos. En ella queda recogida la posibilidad de modificar los sistemas de balizamiento por razones medioambientales (epígrafe 5.2.2.1 Tipo de iluminación).

16. Se instalarán, desde la puesta en marcha, dispositivos anticolisión por detección, que usen cámaras estereoscópicas, que monitoricen todo el parque con detección por aerogeneradores de la cercanía, altura, movimiento y velocidad de aves de cierta envergadura, y puedan paralizar de forma automática el aerogenerador de riesgo con suficiente antelación para evitar una colisión (al menos 1 dispositivo por alineación o agrupación).

La elección de la ubicación de cada dispositivo se realizará de forma coordinada con el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, en conjunto con el colindante PE Tórtoles, para optimizar los dispositivos a instalar. El promotor del parque eólico facilitará a dicho Servicio Territorial, el acceso al sistema de vigilancia, así como a todos los datos generados por el sistema de protección de avifauna durante su funcionamiento.

De forma previa a la instalación del sistema de protección de avifauna se establecerá un protocolo entre el promotor del parque eólico y el Servicio Territorial de Medio Ambiente, para fijar los procedimientos de gestión de la información generada por el sistema, y establecer las pautas de actuación en caso de incidencias.

17. Si a pesar de ello, durante el Programa de Vigilancia Ambiental se detectara una alta mortandad de aves o quirópteros en alguno de los aerogeneradores, se tomarán medidas para minorar este impacto, tales como la instalación de sistemas de detección en dichos aerogeneradores, disuasorios o anticolisión automáticos, paradas temporales y/u horarias de aerogeneradores u otros. A estos efectos, se incluye al final de este informe el anexo II que regula el Protocolo de parada de aerogeneradores conflictivos, adoptado en proyectos similares por la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

18. El Programa de Vigilancia Ambiental deberá realizarse en los términos del estudio de impacto ambiental, y de la presente resolución conforme a lo establecido en la Instrucción 4/FYM/2020, de 15 de junio (https://transparencia.jcyl.es/directrices/medioambiente/Instrucción 4-FYM-2020 Instalaciones energías renovables.pdf).

19. Se debe establecer un Plan de Conservación de Aves Esteparias específico, integrado en el Plan de Acción de Biodiversidad (PAB) recogido por el estudio de impacto ambiental que incluya las medidas para la mejora del hábitat estepario asociado a las especies de avifauna protegida presentes en la zona. Este Plan deberá ser aprobado por la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León.

El PAB deberá ser realizado por una entidad independiente con acreditada solvencia científica y técnica en la materia. Por otro lado, el PAB deberá ser acordado con la administración regional competente previamente a la autorización del proyecto.

Este Plan de Acción se debe coordinar con el del colindante parque eólico Tórtoles de 148 MW, ya que las afecciones están íntimamente relacionadas.

Será necesario que el promotor aporte, mediante el mecanismo que considere más oportuno (acuerdos de custodia, arriendos, aportes a fondos y planes ya existentes, etc.), una superficie para la mejora del hábitat de avifauna esteparia que cumpla las siguientes condiciones:

La superficie ha de ser equivalente al 100% de la superficie total ocupada por la poligonal del parque eólico, equivalente al área incluida dentro de la poligonal del parque eólico, que además debe estar constituida íntegramente por terrenos de cultivo.

Respecto al hábitat estepario, estos terrenos habrán de conservarse con las medidas que le confieren la cualidad de hábitat óptimo para aves esteparias, al menos un tiempo equivalente a la vida útil de la instalación. Del mismo modo, no deberán fragmentarse en superficies menores a las 10 ha, ni deberán localizarse a distancias inferiores a 2 km de terrenos clasificados como urbanos o urbanizables, y de líneas eléctricas de transporte o distribución sin dispositivos anticolisión o electrocución. Han de ser parcelas de nula o escasa pendiente, dado que estos son terrenos más favorables para las aves esteparias, priorizando la localización de estos terrenos, con carácter general, en la provincia de implantación del proyecto y, en cualquier caso, dentro del área de distribución de las especies afectadas en función de razones ecológicas (tales como la necesidad de incrementar hábitat potencial para especies de aves esteparias en territorios de reciente extinción o con presencia de metapoblaciones con necesidades de incremento de hábitat disponible). Este análisis se podrá realizar teniendo en cuenta la información obtenida de los seguimientos de aves esteparias obtenidos en el marco del Plan de Monitorización del Estado de Conservación de la Biodiversidad en Castilla y León.

Las medidas a tomar en estas superficies deberán ir más allá de los requisitos que los beneficiarios de ayudas de la PAC tienen que cumplir en relación a las actuaciones derivadas de la condicionalidad reforzada (buenas prácticas agrícolas y medioambientales y requisitos legales de gestión) y realizarse sobre parcelas que no estén acogidas a medidas agroambientales, ecoesquemas u otras medidas de compensación de lucro cesante que contemplen actuaciones similares de cara a evitar una doble financiación de las mismas actuaciones.

En estas superficies, se establecerán, al menos, la rotación de cultivos, superficies de barbecho verde, aproximadamente el 24% de la superficie, superficies de leguminosas anuales, alfalfa o polifitas, aproximadamente 10% de la superficie, reserva de superficie del 1% para bosquetes, linderos y/o áreas con vegetación natural herbácea y/o arbustiva, reducción o, incluso, anulación del uso de fertilizantes y biocidas, limitar las fechas en la realización de las labores agrícolas (incluida la cosecha) para adecuarlas al ciclo vital de las especies de aves esteparias y mantener los puntos de agua o áreas inundables temporales que pudieran existir en la zona seleccionada con el fin de que puedan ser aprovechadas por aves esteparias como zona de abrevadero y fomentar la creación de manera natural de hábitats halófilos.

20. Con objeto de reducir la mortalidad de aves planeadoras, el promotor deberá elaborar un plan en el que se definan y presupuesten líneas de actuación con ese fin.

Además de lo informado de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, esta Dirección General incorpora las siguientes medidas y condiciones:

1. Se realizará una prospección de fauna previa a las obras para identificar posibles nidos de avifauna y refugios de quirópteros.

2. Se evitarán los trabajos iniciales de desbroce y los movimientos de tierras durante el periodo de reproducción de las especies que puedan utilizarla como refugio o como sustrato para la nidificación. El calendario de obras se fijará en coordinación con la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal. Asimismo, se evitarán los trabajos nocturnos durante la construcción.

3. El promotor deberá presentar ante la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, los estudios arqueológicos precisos sobre el diseño final del proyecto, en particular de los tramos soterrados de la línea de evacuación, con objeto de disponer de nuevo informe sobre las posibles afecciones a los elementos del patrimonio cultural, así como de las medidas de prevención y corrección necesarias. En todo caso, se deberá cumplir con lo dispuesto en la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

4. Con el fin de garantizar la correcta documentación y protección de posibles evidencias arqueológicas no detectadas, se realizará un seguimiento y control arqueológico periódico y puntual de los movimientos de tierra asociados a la ejecución del parque eólico, fundamentalmente vinculados a los desbroces, apertura de viales y zanjas de baja y media tensión. Si durante el seguimiento y vigilancia de las obras, se localizaran yacimientos arqueológicos no identificados con anterioridad, se notificará al Servicio Territorial de Cultura de Soria, balizándose para evitar que sufran daños y se establecerán medidas de protección que eviten la destrucción de los niveles arqueológicos, quedando a la espera de las indicaciones de la Administración competente en protección patrimonial.

5. Se deberá de disponer de un Plan de Autoprotección, estableciendo las actuaciones a desarrollar con los medios propios de que se dispongan, para los casos de emergencia por incendios forestales que puedan afectarles. Tendrá un mantenimiento, con comprobación periódica de los sistemas de alerta y avisos, actualización de medios y recursos, formalización y actualización del personal actuante, contemplando especialmente los simulacros.

6. Deberán garantizar la no alteración significativa de la dinámica hídrica de la zona y asegurar en todo momento la calidad de las aguas superficiales y subterráneas, garantizando el drenaje de las aguas superficiales, manteniendo los márgenes limpios, no afectando a la vegetación de la ribera, disponiendo de sistemas eficiente para la recogida y evacuación de la zona de lluvia. Será necesaria la autorización para actuaciones en el Dominio Público Hidráulico de la Confederación Hidrográfica del Duero.

7. Con anterioridad a la finalización de la vida útil o del plazo autorizado para la explotación del proyecto, el promotor presentará al órgano sustantivo un proyecto de desmantelamiento de la totalidad de sus componentes, incluyendo la gestión de los residuos generados y los trabajos para la completa restitución geomorfológica y edáfica y acondicionamiento vegetal y paisajístico de todos los terrenos afectados.

8. Toda modificación significativa sobre las características de las actuaciones proyectadas, que pudiera producirse con posterioridad a esta propuesta de informe, deberá ser notificada a esta Dirección General que dictará su conformidad si procede, sin perjuicio de las licencias o permisos que, en su caso, correspondan.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 3 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de Derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Parque Eólico Ampliación Tórtoles 50 MW» continúe con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización, al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente que requieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se cumplan las medidas previstas en el estudio de impacto ambiental, las aceptadas durante la información pública y las recogidas en esta resolución.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 18 de enero de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-2442




Actualizo: Marzo de 2023

https://www.diariopalentino.es/noticia/z984fc9f3-cd53-0eac-68a2c585f931478a/202303/proyectan-un-parque-eolico-con-10-molinos-en-el-cerrato

Proyectan un parque eólico con 10 molinos en el Cerrato

Rubén Abad
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l Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia ha otorgado la autorización administrativa previa. La planta se levantará se ubicará en los términos municipales de Baltanás, Castrillo de Onielo y Villaconancio


El Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia ha otorgado la autorización administrativa previa a un parque eólico denominado Páramo de Sardón que se ubicará en los términos municipales de Baltanás, Castrillo de Onielo y Villaconancio, en plena comarca del Cerrato Palentino.

Según la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), el parque eólico proyectada en este punto de la provincia contempla la instalación de diez aerogeneradores de 5 megavatios cada uno, para una potencia total de 50 megavatios.